Competencia desleal en marketing y publicidad

¿Sabes qué es la competencia desleal? Es una práctica ilícita basada en la distorsión del libre mercado para obtener una ventaja competitiva. A fin de regular qué conductas podrían encuadrarse en el concepto se utiliza la Ley 3/1991 (LCD). Y ello porque esta práctica está prohibida, pero tiene tantas manifestaciones que es necesario realizar un estudio en profundidad.

Aspectos más importantes de la competencia desleal

En primer lugar, cabe señalar que si este tipo de competencia está prohibida es porque resulta antisocial. Por tanto, se consideran desleales los actos objetivamente contrarios a la buena fe. En segundo lugar, la LCD solo se aplica a abusos concurrenciales.

Por tanto, quedan fuera de su ámbito las prácticas abusivas de otro tipo, como puedan ser los incumplimientos en materia laboral o medioambiental. Por último, cabe señalar que todo acto desleal lo es en la medida en que pueda distorsionar el comportamiento económico de los agentes del mercado.

 

Factores que debemos evitar a la hora de lanzar una acción de marketing o una campaña de publicidad: 

 

  • Divulgar información engañosa, falsa o que pueda llevar a una incorrecta interpretación por parte del consumidor. Seamos claros y veraces PLEASE.

 

  • Ocultación u omisión de información. También se considera desleal proporcionar una información incompleta, o simplemente, insuficiente. Debemos proporcionar al usuario todos aquellos datos imprescindibles para realizar una correcta comprensión del producto o servicio que se está comercializando.

 

  • Toda actividad que manipule la decisión final del consumidor, así como aquella que influya de forma indebida. El usuario debe poseer una completa libertad de elección en todo momento.

 

  • Ofrecer información que pueda manipular a la competencia. Debes evitar menospreciar a las marcas del sector o influir en la reputación que estas tienen entre los consumidores.

 

  • Publicidad comparativa: El hecho de comparar tu marca con fines publicitarios está permitido, siempre y cuando evites ciertas acciones que detallaremos en uno de los siguientes puntos del post.

 

  • Imitación: Podemos realizar iniciativas similares a las que efectúa la competencia, siempre que no se ejecute un bloqueo de su actividad.

 

  • Bajo ningún concepto podemos hacer uso de la reputación, la inversión o el esfuerzo realizado por la competencia para beneficiarnos de él. Es decir, no debemos obtener una ventaja competitiva a costa del esfuerzo de otra marca / compañía.

 

  • Debemos evitar la infracción de normas y / o divulgación de secretos de empresas de la competencia.

 

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